lunes, 30 de diciembre de 2013

CINCO PASOS QUE SE REQUIEREN PARA REALIZAR UNA BUENA CONFESIÓN



CINCO PASOS QUE SE REQUIEREN PARA REALIZAR UNA BUENA CONFESIÓN:

1) Examen de conciencia

Se ha de pensar en las faltas cometidas (pensamientos, palabras, obras y omisiones), especialmente las graves (los pecados mortales), a partir de la última confesión bien hecha. Se puede examinar la propia vida a la luz de los diez Mandamientos, del mandamiento del amor al prójimo, de los preceptos de la Iglesia, de los pecados capitales y de los deberes del propio estado (familia, profesión, etc.). Un consejo práctico es que las faltas se analicen fundamentalmente a la luz de los diez Mandamientos. En muchos misales, manuales o devocionarios se encuentran exámenes de conciencia que nos pueden ser muy útiles. 

2) Dolor de los pecados cometidos (llamado dolor de corazón)

Tras realizarse el examen de conciencia, se ha de pedir a Dios la gracia de tener un vivo y profundo dolor de todos los pecados cometidos, sobre todo de los mortales que lo han ofendido. En seguida debemos realizar sinceramente ese acto de arrepentimiento. Para ello es aconsejable el rezo del "Acto de Contrición" o "Señor mío Jesucristo" y también emplear la siguiente oración-poema:

"No me mueve, mi Dios, para quererte
el cielo que me tienes prometido,
ni me mueve el infierno tan temido
para dejar por eso de ofenderte.
Tú me mueves, Señor, muéveme el verte
clavado en una cruz y escarnecido,
muéveme ver tu cuerpo tan herido,
muévenme tus afrentas y tu muerte.
Muéveme, en fin, tu amor, y en tal manera,
que aunque no hubiera cielo, yo te amara,
y aunque no hubiera infierno, te temiera.
No me tienes que dar porque te quiera,
pues aunque lo que espero no esperara,
lo mismo que te quiero te quisiera.

Tipos de dolor (arrepentimiento):

a) El dolor puede ser perfecto o contrición (llamado también contrición perfecta): es el dolor de los propios pecados cometidos, por amor a Dios y por constituir una ofensa a Él. El pecador se duele de haberlo ofendido por ser Dios quien es y se propone no pecar más. Este dolor que proviene específicamente del amor a Dios, unido a la voluntad de ir a confesarse cuanto antes en la primera ocasión, justifica al pecador: le concede la gracia santificante y, si muere, se salva aun antes de que se realice realmente la confesión sacramental*. Pero tiene la obligación de manifestar al sacerdote confesor los pecados mortales cometidos (Lc 7,47). El dolor perfecto o contrición perfecta no es suficiente para acercarse a la Sagrada Comunión, pues para esto último se debe acudir antes al confesionario para acusar todos los pecados mortales. Los pecados veniales no obliga que sean confesados para poder comulgar.

b) El dolor puede ser imperfecto o atrición (llamado también contrición imperfecta): es el dolor que se tiene debido al temor a los justos castigos divinos que merecemos (eternos o temporales) por nuestros pecados; es suficiente para el perdón de los pecados en el sacramento de la penitencia, pero no lo es para alcanzarnos la gracia sin el sacramento de la confesión. Esto significa que, por sí mismo, no borra los pecados, sino sólo cuando se acude al confesionario.

3) Propósito de enmienda (de no pecar más)

Es una firme resolución de nunca más ofender a Dios. Y hay que hacerla antes de confesarse. Jesús a la pecadora le dijo: «Vete y no peques más» (Jn 8,11). Esto es lo que se propone el pecador al hacer el propósito de enmienda: no quiero pecar más. Si no hay verdadero propósito, la confesión es inválida.

Este propósito debe ir aunado al arrepentimiento (o dolor de corazón). Ha de ser firme, eficaz y universal (que abarque a todos los pecados cometidos, sobre todo los mortales). Debe ser una intención nacida de un verdadero arrepentimiento; éste se consigue al tener conciencia de los males -de todo tipo- ocasionados por el pecado.

No significa que necesariamente el pecador ya no volverá a pecar, pero sí quiere decir que está resuelto a hacer lo que le sea posible para evitar sus pecados. No se trata de la certeza absoluta de no volver a cometer pecado, sino de la voluntad de no volver a caer, con la gracia de Dios. Basta estar seguro de que ahora no se quiere volver a caer. Lo mismo que al salir de casa no sabes si tropezarás, pero sí sabes que no quieres tropezar.

Este propósito no debe ser solamente negativo: no hacer esto, no decir aquello... También hay que hacer propósitos positivos: rezaré con más atención, seré más amable con todos, hablaré bien de los demás, callaré cuando esté con ira, seré agradecido, veré sólo buenos programas en la televisión, hablaré con aquella persona que tanto me cuesta, etc.

4) Confesión (decir los pecados al confesor)

Obliga decir al sacerdote TODOS los pecados mortales cometidos después de la última confesión bien hecha. Debe decirse el número de veces que se cometió un tipo de pecado y los agravantes (es decir, las condiciones que hacen más grave un pecado mortal. Por ejemplo: robar a un pobre es más grave que a un rico). Conviene decir también los pecados veniales, aunque esto último no es obligatorio.

5) Satisfacción (cumplir la penitencia)

La satisfacción es la penitencia impuesta por el confesor al penitente para desagraviar, reparar y satisfacer por la culpa contraída al ofender a Dios. Debe haber voluntad de aceptar y cumplir la penitencia implicada en la confesión (pero si no se puede realizar por olvido inculpable, etc, el sacramento no deja de ser válido).

La restitución. En algunos pecados obliga la restitución. Así, por ejemplo, debemos restituir el dinero robado. O si hemos calumniado, debemos aclarar que no era verdad lo que divulgamos para restituir la fama del prójimo en un asunto grave. La restitución obliga en la medida de lo realmente posible, así que si alguien robó y no tiene los recursos para devolver lo robado, esta obligación queda en suspenso hasta que los tenga, pues nadie está obligado a lo imposible.  Si para restituir lo podemos hacer, de algún modo, sin delatarnos de ladrones o de calumniadores, esto es lícito siempre que sea sin mentir ni permitir que otra persona -alguien inocente- pueda ser acusada de nuestro pecado. Muchas veces es sólo asunto de emplear el criterio y la inteligencia. Para quien no tenga la verdadera intención de restituir lo robado -en cuanto esté en posibilidades de hacerlo- la confesión resulta inútil, pues es requisito para que sea válida. 

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Finalmente, es importante tener presente que es Dios mismo, a través del poder que otorgó a sus sacerdotes, quien perdona nuestros pecados cuando realizamos una confesión bien hecha. Cristo dejó este sacramento que es un signo sensible, como un juicio verdadero. El sacerdote, con el poder recibido de Cristo, juzga. Como instrumento de Dios, este juez -bajo pena de pecado mortal y excomunión- está obligado a guardar un silencio absoluto sobre la confesión. En ese juicio se retienen o se perdonan los pecados.  "Díjoles otra vez, ´La Paz sea con vosotros. Como me envió Mi Padre, así os envío Yo´. Diciendo esto, sopló y les dijo: Recibid el Espíritu Santo; a quien perdonareis los pecados, les serán perdonados; a quienes se los retuviereis, les serán retenidos´." Juan 20:21-23. Sólo la soberbia herética pretende brincarse el tribunal que Dios mismo quiso establecer para el perdón de los pecados, con la inútil y absurda pretensión de dizque "confesarse directa y solamente" con Dios. Y muchos han sido víctimas de este engaño. Oremos mucho por las almas de buena fe que han sido así arrastradas al error, para que adviertan el engaño.

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